Modelo 650 Bizkaia: guía completa para presentarlo correctamente
Rellenar el Modelo 650 es el paso necesario para declarar una herencia cuando el fallecido tenía residencia en Bizkaia. A través de este formulario se identifican los bienes que integran el caudal hereditario, se asignan porcentajes a los herederos y se obtiene la liquidación del Impuesto sobre Sucesiones conforme a la normativa foral vigente. En esta guía encontrarás cómo funciona el modelo, qué documentación se necesita para cumplimentarlo correctamente, los plazos aplicables y ejemplos prácticos de presentación, tanto en casos de heredero único como cuando la herencia se reparte entre varias personas.
¿Qué es el Modelo 650 y para qué se usa en Bizkaia?
El Modelo 650 es el formulario oficial que deben presentar los herederos para declarar el Impuesto sobre Sucesiones en Bizkaia cuando fallece una persona que tenía su residencia en este territorio. A través de este modelo se identifica al causante, se relacionan los bienes que componen la herencia y se calcula la liquidación del impuesto aplicable según el parentesco de cada heredero.
Su presentación es obligatoria cuando existe transmisión hereditaria sujeta a tributación y constituye el trámite necesario para formalizar la adjudicación de los bienes heredados: cuentas bancarias, inmuebles, vehículos, inversiones o cualquier activo incluido en la sucesión. Este modelo se utiliza únicamente en Bizkaia y sigue las reglas fiscales propias del régimen foral, que establece reducciones, bonificaciones y criterios de valoración específicos para este territorio.
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¿Quién está obligado a presentar el Modelo 650 en Bizkaia?
El Modelo 650 debe presentarlo toda persona que haya recibido bienes o derechos en una herencia cuando el fallecido era residente en Bizkaia o cuando los bienes transmitidos se sitúan en este territorio y quedan sujetos a su normativa fiscal. La obligación se genera desde el momento del fallecimiento y alcanza a cualquier heredero o beneficiario que adquiera parte del patrimonio del causante, independientemente de la naturaleza de los bienes heredados.
A continuación detallamos quién debe realizar la presentación según el vínculo familiar y el modo en que se adquiere la herencia.
Herederos directos (ascendientes y descendientes)
Están obligados a presentar el Modelo 650 los hijos, padres, nietos o abuelos que reciban bienes por sucesión. En estos casos, la transmisión genera la obligación de declarar tanto activos líquidos (cuentas bancarias, efectivo, depósitos) como bienes no líquidos (viviendas, vehículos, derechos societarios o activos financieros).
La obligación alcanza tanto a quienes reciben la totalidad del patrimonio como a quienes participan en una herencia compartida con otros familiares.
Parejas de hecho y cónyuges
El cónyuge viudo y la pareja de hecho inscrita en Bizkaia deben presentar el Modelo 650 por los bienes que incorporen a su patrimonio cuando se consolida el derecho adquirido en la sucesión.
En esta categoría se incluyen bienes privativos del causante y adjudicaciones por gananciales o régimen equivalente que se liquiden como parte del proceso sucesorio.
Hermanos, tíos y sobrinos
También están obligados a declarar los familiares colaterales que reciban bienes heredados, tanto cuando son nombrados de forma expresa en testamento como cuando acceden por sucesión intestada. Si participan varios familiares en la misma herencia, cada uno debe declarar su cuota hereditaria correspondiente mediante el mismo modelo o de forma individual cuando así se configure.
Herederos no familiares
Cuando la transmisión patrimonial beneficia a terceros sin relación familiar con el causante, también existe obligación de presentación. Esto incluye casos de instituciones, allegados, personas designadas en testamento o herencias en favor de terceros por disposición expresa.
En todos estos supuestos, la adquisición obliga a declarar ante Hacienda Foral para acreditar su origen sucesorio y regularizar el impuesto correspondiente, conforme al régimen fiscal vigente en Bizkaia.
Plazo para presentar el Modelo 650 en Bizkaia
El plazo general para presentar el Modelo 650 en Bizkaia es de un año desde la fecha del fallecimiento. Dentro de ese plazo debe regularizarse la herencia mediante la declaración del impuesto, reflejando los bienes que se adquieren y la cuota correspondiente.
Si el plazo vence sin presentación, la declaración pasa a considerarse extemporánea. Cuando el contribuyente presenta el modelo fuera de plazo sin haber recibido todavía un requerimiento formal de Hacienda, se aplica el régimen de “extemporáneo sin requerimiento”, que implica la obligación de pagar recargos e intereses según el tiempo transcurrido. Por el contrario, si existe requerimiento previo, se aplican sanciones que resultan más gravosas.
Documentación obligatoria para presentar el Modelo 650
Para la correcta cumplimentación del Modelo 650 es necesario aportar documentación acreditativa tanto de los datos personales del causante y de los herederos como de los bienes que integran la herencia. La Administración utiliza esta documentación para contrastar la titularidad de los bienes declarados, su valoración y la distribución entre los beneficiarios.
Documentación personal
- Certificado de defunción del causante.
- Certificado de últimas voluntades.
- Testamento o, en su ausencia, acta de declaración de herederos.
- Documento de identidad de cada heredero.
- Libro de familia o documento equivalente cuando sea necesario acreditar parentesco.
- Datos de contacto y domicilio fiscal de los herederos.
Bienes inmuebles heredados
- Referencia catastral del inmueble.
- Escritura de propiedad o título que acredite la titularidad del causante.
- Recibo del impuesto municipal del ejercicio anterior o documento acreditativo del valor fiscal.
- Justificante de cargas o afecciones existentes sobre el inmueble cuando corresponda.
Cuentas bancarias y saldos
- Certificación bancaria con el saldo existente a la fecha del fallecimiento.
- Justificante de depósitos, fondos o inversiones vinculadas a la cuenta.
- Información sobre titularidad conjunta y porcentajes en cuentas compartidas.
Seguros y pólizas
- Certificado de la entidad aseguradora con el importe recibido o pendiente de cobro.
- Condiciones de la póliza cuando afecten a beneficiarios distintos de los herederos.
- Documentación que identifique al beneficiario designado en el seguro.
Vehículos
- Permiso de circulación del vehículo.
- Ficha técnica o documento equivalente.
- Acreditación del valor fiscal aplicable en la fecha del fallecimiento.
- Justificación de cargas o embargos vigentes, cuando existan.
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Cómo rellenar el Modelo 650 paso a paso
El Modelo 650 se estructura en varios apartados que deben cumplimentarse con la información del causante, de los herederos y de los bienes que integran la herencia. Es fundamental que los datos coincidan con la documentación aportada y que las valoraciones se ajusten a los criterios fiscales de Bizkaia para evitar requerimientos posteriores.
Datos del causante
En este apartado se consignan los datos identificativos de la persona fallecida:
- Nombre y apellidos.
- NIF o documento identificativo equivalente.
- Fecha de nacimiento y fecha de fallecimiento.
- Último domicilio fiscal y municipio de residencia.
Es importante comprobar que la residencia declarada es Bizkaia, ya que de ello depende la aplicación de la normativa foral. También se suele indicar el estado civil del causante y, en su caso, la existencia de régimen económico matrimonial o pacto que afecte a la composición del patrimonio.
Identificación de herederos
Aquí se incorporan los datos de todas las personas que adquieren bienes en la herencia:
- Nombre y apellidos.
- NIF y domicilio fiscal.
- Parentesco con el causante.
- Porcentaje de participación o cuota hereditaria.
Cuando hay varios herederos, cada uno debe declarar su porcentaje de participación y aportar la documentación que justifique su parte. La identificación correcta del parentesco es relevante porque determina la reducción aplicable a cada heredero de forma independiente, ya que la liquidación del impuesto es individual y no conjunta.
Relación de bienes y valoración
En este bloque se detallan los bienes y derechos que componen la herencia, agrupados por categorías:
- Bienes inmuebles (viviendas, locales, garajes, terrenos).
- Cuentas bancarias, depósitos y productos financieros.
- Vehículos.
- Seguros que generen derecho a cobro.
- Otros bienes (participaciones sociales, joyas, obras de arte, etc.).
Cada bien debe ir acompañado de su valor a efectos del impuesto, utilizando los criterios que establece la normativa foral (valores fiscales, tablas oficiales u otros métodos admitidos). También se reflejan las deudas y cargas deducibles, que reducen la base sobre la que se calcula el impuesto.
Liquidación del impuesto
Una vez relacionados y valorados los bienes, el modelo permite calcular:
- La base imponible correspondiente a la parte que recibe cada heredero.
- Las reducciones aplicables según parentesco u otras circunstancias.
- La base liquidable resultante después de aplicar dichas reducciones.
- El tipo impositivo y la cuota tributaria de cada heredero.
Es en este punto donde pueden producirse más errores de cálculo, especialmente cuando hay varios bienes con distinta naturaleza o distintos grados de parentesco. Si necesitas una revisión del cálculo antes de presentar, contacta con nuestra asesoría fiscal de herencias; podemos revisar tu caso y comprobar que la liquidación se ajusta a la normativa de Bizkaia.
Documentación adjunta
En esta sección se indica la documentación que se acompaña al modelo: certificados, escrituras, justificantes bancarios, valoraciones y cualquier otro documento que acredite los datos declarados. No basta con marcar las casillas correspondientes; es fundamental que la documentación efectivamente coincida con lo declarado en los apartados anteriores y esté completa para evitar requerimientos posteriores de Hacienda Foral.
Firma y presentación
Finalmente, el modelo debe ir firmado por las personas obligadas a declarar, normalmente todos los herederos o sus representantes. La firma implica la conformidad con los datos consignados y con la liquidación calculada. A partir de ahí, el Modelo 650 puede presentarse por las vías habilitadas por Hacienda Foral (oficinas, registro o canales telemáticos), respetando el plazo aplicable en cada caso y acompañando el justificante de pago cuando proceda.
Todos estos pasos se encuadran dentro del procedimiento general, que explicamos de forma clara en esta guía sobre el proceso de herencia en Bizkaia.
Ejemplo de Modelo 650 cumplimentado en Bizkaia
Cuando se presenta el Modelo 650 es habitual tener dudas sobre cómo reflejar los valores de los bienes heredados, cómo asignar porcentajes entre herederos y cómo queda la liquidación final. A continuación, mostramos dos ejemplos ilustrativos, con cifras ficticias, para entender cómo se estructura la información en este trámite.
Ejemplo A: heredero único
Una persona fallece dejando:
- Vivienda en Bilbao: 240.000 €
- Cuenta bancaria: 10.800 €
Existe un heredero único (hijo), que recibe el 100 % de la herencia.
Cómo se refleja en el modelo
| Concepto declarado | Valor a efectos del impuesto |
| Inmueble urbano | 240.000 € |
| Saldo bancario a fecha de fallecimiento | 10.800 € |
| Total valor declarado | 250.800 € |
Asignación
| Heredero | Parentesco | Porcentaje | Valor que recibe |
| Juan Pérez | Hijo | 100 % | 250.800 € |
En el modelo, este heredero identificaría:
- Datos personales
- Parentesco con el causante
- Declaración del total de bienes
- Liquidación correspondiente
En una autoliquidación, quedaría reflejada una única hoja de liquidación del heredero, referida a todo el patrimonio heredado.
Ejemplo B: dos hermanos con distintos porcentajes
Una persona fallece dejando:
- Vivienda valorada a efectos fiscales en 225.000 €
- Depósitos bancarios por 19.400 €
Los herederos son dos hermanos:
- Ana recibe el 65 %
- Andrés recibe el 35 %
Cómo queda la distribución económica
| Heredero | Porcentaje | Importe adjudicado |
| Ana | 65 % | 158.870 € |
| Andrés | 35 % | 85.530 € |
Relación de bienes tal como se declara
| Tipo de bien | Valor total | Porcentaje A. (65 %) | Porcentaje B. (35 %) |
| Inmueble | 225.000 € | 146.250 € | 78.750 € |
| Cuentas bancarias | 19.400 € | 12.620 € | 6.780 € |
| Total | 244.400 € | 158.870 € | 85.530 € |
En este caso, cada hermano tendría una hoja de autoliquidación reflejando su cuota hereditaria y sus reducciones aplicables según el parentesco.
¿Se puede presentar el Modelo 650 online en Bizkaia?
Sí, el Modelo 650 puede presentarse de forma telemática ante la Hacienda Foral de Bizkaia cuando el contribuyente dispone de certificado digital válido y la documentación necesaria digitalizada. Esta modalidad permite registrar la declaración sin acudir físicamente a las oficinas y agiliza la validación del trámite.
La presentación online requiere que el heredero o la persona que actúe en su representación tenga un medio de identificación electrónica admitido por la Administración, como certificado digital, BakQ u otro sistema aceptado. Además, la documentación acreditativa debe estar preparada en formato PDF para su carga en el sistema.
El envío telemático se formaliza a través del portal habilitado para la tramitación tributaria, donde se adjuntan los formularios cumplimentados, la identificación de los herederos y los justificantes que acreditan el valor declarado de los bienes. En la plataforma se asigna registro de entrada, fecha y número de presentación, y el justificante puede descargarse y conservarse.
Cuando el trámite requiere aportar justificantes notariales o documentos emitidos por entidades bancarias, deben adjuntarse en la misma sesión de envío, ya que el registro telemático solo se completa cuando la documentación está asociada a la presentación.
En caso de no disponer de certificado digital o si existen incidencias técnicas, el interesado puede completar el modelo y entregarlo presencialmente en los puntos habilitados por Hacienda Foral, con cita previa en horario administrativo de registro.
Errores frecuentes al completar el Modelo 650
Al rellenar el Modelo 650 es habitual cometer errores que pueden dar lugar a requerimientos posteriores, rectificaciones o retrasos en la tramitación. La Administración contrasta los datos declarados con el valor y la titularidad de los bienes, por lo que cualquier discordancia genera revisión. Algunos errores son recurrentes y se detectan en muchas sucesiones, especialmente cuando la declaración involucra varios herederos.
- Valorar inmuebles sin referencia catastral o sin acreditar el valor fiscal aplicable en Bizkaia.
- Declarar cuentas bancarias con un saldo distinto del existente en la fecha del fallecimiento, sin el certificado correspondiente.
- Omitir bienes que sí forman parte de la herencia, como pólizas con derecho a cobro o inversiones que aparecen vinculadas a las cuentas declaradas.
- Declarar bienes indivisos sin asignar correctamente los porcentajes de titularidad entre los herederos.
- Confundir usufructo con plena propiedad en supuestos donde el cónyuge superviviente tiene derechos que no constituyen adjudicación de la totalidad del bien.
- Aplicar reducciones sin acreditar el requisito que justifica su aplicación, como convivencia en vivienda habitual o discapacidad del heredero.
- No adjuntar documentación justificativa de deudas o gastos deducibles que se declaran en la liquidación.
- Introducir valores netos sin reflejar previamente el valor íntegro del bien y su deducción separada de cargas o gravámenes.
Cuando estos errores se producen, el expediente queda pendiente de revisión hasta que la documentación aportada se corresponde con lo que se ha declarado, lo que puede retrasar la adjudicación formal y la inscripción de bienes a nombre de los herederos.
Enlace oficial para descargar el Modelo 650 y normativa aplicable
El Modelo 650 en formato PDF está disponible en el portal oficial de Hacienda Foral de Bizkaia. Lo puedes descargar clicando en el enlace 👉 Descargar Modelo 650 (PDF oficial).
Además, si necesitas una explicación detallada sobre cómo presentar el impuesto, puedes consultar esta guía completa sobre el Impuesto de Sucesiones en Bizkaia, donde explicamos el proceso de liquidación, ejemplos prácticos y los criterios aplicables según parentesco.

