Abogado de delitos contra la administración pública en Bilbao
Cuando el dinero público se desvía, cuando un cargo decide a sabiendas contra la ley o cobra por hacerlo, no es solo una irregularidad: puede ser un delito, y la ley permite llevarlo ante los tribunales, tanto a quien resulta perjudicado como a la propia ciudadanía. Perseguir esa clase de corrupción, del lado del perjudicado o del interés público, es el centro de mi trabajo en esta materia.
Como abogado penalista trabajo las dos caras de estos asuntos. Sobre todo la acusación, particular o popular, cuando lo que está en juego es la limpieza de lo público. Y también la defensa de cargos, funcionarios o empresas cuando la acusación de corrupción es injusta, porque en estos delitos la sola imputación ya golpea una carrera y una reputación, y eso también merece una defensa seria.
Soy Óscar Sánchez Setién, abogado penalista. Llevo 13 años ejerciendo ante los Juzgados de lo Penal de Bizkaia. Cuéntame qué ha pasado y te diré, sin rodeos, a qué te enfrentas. Más sobre mí →
Qué incluye mi trabajo en un delito contra la administración pública
- Ejercicio de la acusación particular si te han perjudicado, o popular en asuntos de interés público, preparando la querella y sosteniendo la acusación sin depender solo de la Fiscalía.
- Construcción de la prueba a partir del expediente: informes, dictámenes, contratos, correos y actas, que es donde se sostiene o se cae un caso de corrupción.
- Distinción entre la irregularidad administrativa y el delito, y análisis del elemento intencional (el "a sabiendas" de la prevaricación, el ánimo de lucro de la malversación).
- Actuación en las principales figuras: prevaricación, cohecho, malversación, tráfico de influencias y fraude a la administración.
- Reclamación de la responsabilidad civil: la devolución a las arcas públicas del dinero defraudado.
- Coordinación con la vertiente económica cuando detrás hay blanqueo o delito fiscal.
- Defensa del cargo, el funcionario o la empresa cuando la acusación es infundada, acreditando la cobertura técnica y la interpretación razonable de la norma.
- En esa defensa, la estrategia de reintegro en la malversación, que rebaja la pena, y la revisión del compliance en el cohecho de empresa.
- Cuidado de la dimensión mediática y reputacional, que en estos asuntos pesa desde el primer día.
Los primeros pasos, según de qué lado estés
Si te investigan como cargo, funcionario o empresa
- No declares sin preparar la defensa: en estos delitos lo que importa es el porqué de cada decisión, no solo el resultado.
- Reúne el expediente completo: informes previos, dictámenes, correos, actas. La cobertura técnica es tu mejor defensa.
- No destruyas ni alteres documentación: agrava el caso y puede sumar una falsedad.
- Llámame antes de la primera declaración: en asuntos de esta sensibilidad, se decide muy pronto.
Si quieres denunciar una irregularidad
- Documenta la decisión o el pago que te parece irregular: fechas, importes, expediente, quién intervino.
- Guárdalo todo por escrito y no difundas el asunto antes de valorarlo: puede perjudicar la causa y perjudicarte a ti.
- Valora la vía adecuada: denuncia, querella o acusación popular, según el caso.
- Cuéntamelo pronto: miramos si hay recorrido penal antes de dar ningún paso.
Prevaricación: decidir a sabiendas contra la ley
La autoridad o el funcionario que, a sabiendas de que es injusta, dicta una resolución arbitraria en un asunto administrativo comete prevaricación. Es un delito peculiar: no lleva cárcel, sino inhabilitación para cargo público de nueve a quince años, lo que en la práctica supone el fin de una carrera. Y ahí está también la principal vía de defensa, porque no basta cualquier ilegalidad: el Tribunal Supremo exige que la resolución sea arbitraria, es decir, que su ilegalidad sea grosera y no se pueda explicar con una interpretación razonable del Derecho, y que se dictara sabiendo que era injusta. Un informe técnico o jurídico previo que amparara la decisión suele ser la mejor cobertura frente a la acusación.
Cohecho: el soborno a un cargo público
El cohecho es la forma penal del soborno. Si el funcionario pide o acepta una dádiva para hacer algo contrario a los deberes de su cargo, o para no hacer, o retrasar, lo que debía, la pena es de prisión de tres a seis años, más multa e inhabilitación de nueve a doce años. Si lo que se paga es un acto propio del cargo, no contrario a sus deberes, baja a prisión de dos a cuatro años. Y quien soborna, el cohecho activo, responde igual que el funcionario, también cuando es una empresa, que puede acabar con responsabilidad penal propia. La defensa suele girar en torno a dos cosas: si la dádiva existió de verdad y estaba ligada a un acto concreto, y dónde está la línea entre el soborno y el simple regalo de cortesía.
Malversación de caudales públicos: apropiarse del dinero de todos
La malversación es disponer de forma indebida del dinero o los bienes públicos que un cargo tiene a su cuidado. Desde la reforma de 2022 conviene distinguir bien, porque las penas cambian mucho de una modalidad a otra:
- Apropiación con ánimo de lucro: quedarse con el patrimonio público, o consentir que otro lo haga. Prisión de dos a seis años e inhabilitación, que sube a entre cuatro y ocho años en los casos graves (gran perjuicio al servicio público o cuantías elevadas).
- Malversación de uso: destinar un tiempo bienes públicos a un fin privado sin ánimo de quedárselos. Penas bastante menores, salvo que no se reintegren a tiempo.
- Aplicación pública diferente: dar a los fondos un destino público distinto del previsto, sin enriquecimiento personal. Si causa un daño o entorpecimiento grave al servicio, se castiga con prisión de uno a cuatro años e inhabilitación de dos a seis; si no lo causa, con inhabilitación de uno a tres años y multa, sin prisión. Es la modalidad menos grave de las tres.
Tráfico de influencias: mover hilos aprovechando el cargo
Influir en un funcionario aprovechándose del propio cargo o de una relación personal o jerárquica, para arrancarle una resolución de la que se saca un beneficio económico, es tráfico de influencias: prisión de seis meses a dos años, más multa e inhabilitación de cinco a nueve años. Se distingue del cohecho en que aquí no hay dádiva, sino prevalimiento; y de la prevaricación en que quien trafica no dicta la resolución, sino que presiona a quien debe dictarla. Que ese prevalimiento existiera de verdad, y no fuera una simple recomendación o una gestión normal, es donde se juega el caso.
Fraude a la administración y otros abusos
El fraude a la administración es concertarse con los interesados para defraudar a un ente público, por ejemplo en una contratación, y se castiga con prisión de dos a seis años e inhabilitación. A su lado están las exacciones ilegales (cobrar tarifas o derechos que no corresponden), las negociaciones y actividades prohibidas a los funcionarios, y la infidelidad en la custodia de documentos o la violación de secretos por un funcionario. Cada figura tiene sus matices, y es habitual que varias concurran en un mismo asunto.
Las penas, de un vistazo
| Conducta | Pena |
|---|---|
| Prevaricación administrativa | Inhabilitación de 9 a 15 años (sin prisión) |
| Cohecho por un acto contrario a los deberes del cargo | Prisión de 3 a 6 años, multa e inhabilitación de 9 a 12 años |
| Cohecho por un acto propio del cargo | Prisión de 2 a 4 años, multa e inhabilitación de 5 a 9 años |
| Cohecho activo (quien soborna) | Las mismas penas de prisión y multa que correspondan al funcionario |
| Malversación (apropiación con ánimo de lucro) | Prisión de 2 a 6 años e inhabilitación (4 a 8 años en casos graves) |
| Malversación de uso | Prisión de 6 meses a 3 años y suspensión de empleo |
| Tráfico de influencias | Prisión de 6 meses a 2 años, multa e inhabilitación de 5 a 9 años |
| Fraude a la administración | Prisión de 2 a 6 años e inhabilitación |
En la malversación, reintegrar íntegramente el perjuicio antes del juicio rebaja la pena en uno o dos grados. Cuando el soborno lo comete una empresa, puede responder también la persona jurídica (compliance). Estos delitos prescriben según la pena máxima de cada figura (art. 131 CP): a los diez años el cohecho por un acto propio del cargo, la malversación básica y el fraude a la administración, y a los quince la prevaricación, el cohecho por un acto contrario a los deberes del cargo y la malversación agravada, castigados con inhabilitación superior a diez años.
Cuando responde una empresa: cohecho activo y compliance
Las empresas que pagan sobornos para conseguir contratos o licencias cometen cohecho activo y pueden incurrir en responsabilidad penal de la persona jurídica, con multas cuantiosas y el riesgo de perder la contratación pública. Un programa de cumplimiento (compliance) serio y aplicado de verdad puede atenuar, o incluso excluir, esa responsabilidad. Si hay una empresa de por medio, conviene revisarlo cuanto antes.
La frontera: ilegalidad administrativa o delito
No toda irregularidad administrativa es delito. La prevaricación exige una decisión arbitraria dictada a sabiendas de que es injusta; la malversación, un uso ilícito del patrimonio público; y el cohecho, pedir, aceptar u ofrecer dádivas o favores vinculados al cargo. La clave está en distinguir una mala gestión o una irregularidad de una conducta penalmente relevante.
Esa frontera es el centro de muchos de estos asuntos. Mi trabajo consiste en analizar qué ocurrió realmente y distinguir una irregularidad administrativa de una conducta penalmente relevante. Para eso reviso cómo se tomó la decisión, qué informes existían, qué finalidad perseguía y qué pasó con los fondos o con la actuación cuestionada. Defienda o ejerza la acusación, el criterio es el mismo: esclarecer los hechos y aplicar correctamente el Derecho.
Si quieres actuar contra una irregularidad: cómo ejerzo la acusación
Estos delitos protegen un interés de todos, y por eso la ley abre la puerta a la ciudadanía para perseguirlos. Así lo planteo:
- Acusación particular o popular. Si te has visto perjudicado, ejerzo la acusación particular; y en asuntos de interés público cabe la acusación popular, una vía que permite a asociaciones o plataformas ciudadanas personarse en la causa.
- Denuncia o querella bien construida. Preparo la acción con la documentación ordenada, para que tenga recorrido y no se archive de entrada.
- Coordinación institucional. Cuando procede, se canaliza con la Fiscalía especializada y con el resto de acusaciones.
- Restitución del dinero público. En la malversación y el fraude, reclamo la responsabilidad civil, es decir, la devolución de lo defraudado a las arcas públicas.
Una acusación sólida empieza por construir bien el caso
No toda irregularidad constituye delito. Analizo los hechos y la documentación para determinar si existe base penal y cuál es la vía adecuada. Cuando procede, preparo y ejerzo la acusación particular o popular con rigor, estrategia y fundamento probatorio.
Abogado delito contra la administración pública
Preguntas frecuentes
En esta sección respondo las dudas más habituales sobre los delitos contra la administración pública, tanto si te investigan como si quieres denunciar una irregularidad.
¿Toda decisión ilegal de un cargo es prevaricación?
No. Hace falta que la resolución sea arbitraria, una ilegalidad grosera que no se pueda explicar con ninguna interpretación razonable del Derecho, y además dictada a sabiendas de que era injusta. El simple error, o una ilegalidad que un tribunal pueda corregir, no bastan.
¿La prevaricación lleva cárcel?
En su forma básica, no: la pena es de inhabilitación de nueve a quince años, sin prisión. Pero rara vez viene sola, y suele concurrir con cohecho o malversación, que sí llevan cárcel. Y la inhabilitación, por sí sola, ya termina con una carrera pública.
Un regalo a un funcionario, ¿es cohecho?
Puede serlo, aunque no esté ligado a una decisión concreta. Hay cohecho cuando se ofrece o acepta una dádiva o un favor vinculado al cargo o a la función pública. Pero no cualquier regalo es delito: quedan fuera, en principio, las atenciones de cortesía socialmente normales y sin entidad suficiente para influir en quien las recibe. La clave está en el contexto, el valor del regalo y la relación que tenga con el cargo.
¿En qué se diferencia el cohecho del tráfico de influencias?
En el cohecho hay dinero o dádiva de por medio. En el tráfico de influencias no: lo que se usa es el prevalimiento, aprovechar una relación o un cargo para condicionar una decisión ajena, sin necesidad de pagar nada.
¿Qué es la malversación de uso?
Usar durante un tiempo bienes públicos para un fin privado, sin intención de quedárselos (el coche oficial, medios del servicio). Tiene penas bastante menores que apropiarse del dinero, sobre todo si los bienes se reintegran a tiempo. Distinguir bien de qué modalidad se trata cambia mucho el caso.
Me han imputado y ha salido en prensa, ¿qué hago?
Lo primero, no declarar sin tener la defensa preparada, y cuidar cómo se comunica el asunto. Una imputación no es una condena, y en estos casos la estrategia, también la reputacional, se decide muy pronto. Lo urgente es preparar bien tu declaración como investigado; lo demás viene después.
Soy un particular, ¿puedo denunciar una irregularidad de la administración?
Sí. Si te has visto perjudicado, puedes ejercer la acusación particular; y en asuntos de interés público cabe la acusación popular, una vía abierta incluso a asociaciones y plataformas ciudadanas. Antes de mover nada, conviene ver si hay recorrido penal de verdad.
¿Cuándo prescribe un delito de corrupción?
Depende de la pena máxima de cada figura: a los diez años en el cohecho por un acto propio del cargo, la malversación básica o el fraude a la administración, y a los quince en la prevaricación, el cohecho por un acto contrario a los deberes del cargo y la malversación agravada, porque llevan inhabilitación superior a diez años. No es un cálculo automático, así que conviene revisarlo con la causa concreta delante antes de darlo por prescrito.
¿Cuánto cuesta ejercer la acusación popular?
La acción popular no exige haber sido víctima, pero sí prestar una fianza que fija el juez y asumir tus propias costas. En asuntos de interés público, a veces la impulsan varias personas o una asociación para repartir ese coste. Te digo por adelantado y sin sorpresas qué implica en tu caso.
Denuncié una irregularidad y la archivaron, ¿se puede hacer algo?
Depende del tipo de archivo y del plazo. Un auto de sobreseimiento puede recurrirse por las vías previstas. Si el sobreseimiento es provisional, la causa puede reabrirse si aparecen nuevos elementos y el delito no ha prescrito. Lo primero es revisar el auto y la fecha en que se notificó.
Trabajo en la administración y he visto algo irregular, ¿me puedo proteger si lo denuncio?
Puede existir una protección legal específica para quien informa de corrupción desde dentro, pensada para protegerte frente a represalias. Cómo y ante quién des el paso importa mucho para que esa protección se aplique.
¿Te ayudo?
Déjame tus datos y reviso tu caso: te explico a qué te enfrentas y las vías que tienes, tanto si te investigan como cargo, funcionario o empresa como si quieres denunciar una irregularidad.

